Sobre Nosotros

 

 

La Oficina Nacional de Discapacidad y Género se encuentra bajo La Dirección Ejecutiva Nacional de Servicios al Asegurado.

Nuestra oficina tiene como objetivo supervisar que las instalaciones cuenten con los espacios adecuados para el acceso de las Personas con Discapacidad, de igual forma contamos con un equipo multidisciplinario que se ocupa de atender sus necesidades de salud, ofreciendo servicios de orientación a las necesidades requeridas y respeto a los derechos y a la no discriminación.

Esta oficina trabaja en conjunto con diferentes coordinaciones la cual ofrece los siguientes servicios:

  • Atención de casos especiales, quejas o insatisfacciones que presentan las personas con discapacidad y sus familias.
  • Brinda asesoría en materia de discapacidad a colaboradores y usuarios en general.
  • Vela por el cumplimiento de las normativas jurídicas en beneficio de las personas con discapacidad.
  • Crear las condiciones y velar por que cuente con la accesibilidad física en las diferentes instalaciones de la caja de seguro social.
  • Impulsar proyecto de mejora en los diferentes servicios y prestaciones que beneficien a las personas con discapacidad y sus familias.
  • Incorporar la Perspectiva de Género en los Programas de la Institución.
  • Incluir los indicadores de Género en las estadísticas institucionales para la aplicación de efectividad en los Programas.
  • Introducir a la Caja de Seguro Social en la Red de Oficinas Gubernamentales para la incorporación del Enfoque de Género.
  • Cumplir con la ejecución del Plan de Acción de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres para valorar su impacto con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

¿Qué es Discapacidad?

Condición en que una persona presenta deficiencia física, mental, intelectual y sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.

 

Decreto Ejecutivo N° 333 de 5 de diciembre de 2019 que reglamenta la Ley 15 de 31 de mayo de 2016, que reforma la ley 42 de 1999, que establece la Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad y se dicta con otra disposición

 

Artículo 1. El presente Decreto Ejecutivo tiene como objetivo reglamentar la Ley N° 15 del 31 de mayo de 2016, que reforma la Ley 42 de 1999, que establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad, así como desarrollar los mecanismos para hacer efectivos su cumplimiento con miras a salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad y sus familias.

 

Según el Plan de Acción Mundial de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre discapacidad y basándonos sobre la Convención de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad “Toda persona tiene prioridad en la atención en todas las instancias de atención al público”

Por ende como entidad de seguridad social, la Caja de Seguro Social debe cumplir con el Objetivo de eliminar obstáculos y mejorar el acceso a los servicios administrativos y de salud para las personas con discapacidad.

Debemos realizar los esfuerzos a fin de cumplir con las normativas de accesibilidad y diseño universal estipuladas en la presente ley.

 

¿Qué es Género?

Se refiere a la construcción cultural mediante la que se adscriben roles sociales, actitudes y aptitudes diferenciados para hombres y mujeres en función de su sexo biológico.  Este concepto hace referencia a las diferencias sociales, que por oposición a las particularidades biológicas, han sido aprendidas, cambian con el tiempo.

 

Normativas para la incorporación del Enfoque de Género:

Ley 4 de 22 de mayo de 1981, por la cual se aprueba la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.

Ley 4 de del 29 de enero de 1999 por la cual se instituye la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres y su Decreto Ejecutivo N°53 del 25 de junio de 2002 que Reglamenta la Ley 4.

Ley 6 del 4 de mayo de 2000, que establece el Uso Obligatorio del Lenguaje, contenido e ilustraciones con Perspectiva de Género en obras y textos escolares.

Ley 17 del 28 de marzo de 2001, que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.

Ley 82 de 24 de octubre de 2013 que adopta medidas de prevención contra la violencia en las mujeres y reforma el Código Penal para tipificar el femicidios y sancionar los hechos de violencia contra la Mujer.

 

 

Logros de la Oficina de Discapacidad y Género

 

  • Participamos en 5 mesas de trabajo para el cumplimiento de las recomendaciones de la ONU en los informes de País
  • Mesa de estadística de población con discapacidad (Se incluyó dentro de la plataforma SISS la clasificación de la discapacidad dentro del expediente electrónico)
  • Mesa de Violencia y Discapacidad
  • Mesa de Proyectos y tecnologías para personas con discapacidad (Página web accesible de la Caja de Seguro Social)
  • Mesa de Trabajo para establecer un proyecto de mejoras en la accesibilidad de las instalaciones de la CSS.
  • Mesa de plan de acción de desastres de la institución en temática de discapacidad. (se culminó el manual de normas de señalización)
  • Manual de Guía para la entrega de dispositivos médicos para las personas con discapacidad.
  • Se logró girar una nota firmada por el Director General sobre la instrucción de la atención prioritaria de las personas con discapacidad.
  • Se impulsó de la atención gratuita para las personas con discapacidad no aseguradas en las instalaciones de salud del interior de la República de panamá a través de la compensación de costos.
  • Se han realizado jornadas de sensibilización en las diferentes instalaciones del área metro e interior de la República con el fin de orientar a los jefes de servicios sobre la temática de normativas, derechos, terminología correcta y formas, trato en la atención de personas con discapacidad y se escogieron enlaces por cada instalación que nos brindaran apoyo en el tema de discapacidad.
  • Inclusión de la Caja de Seguro Social en la Red de Mecanismos Gubernamentales para la incorporación del Enfoque de Género.
  • Revisión, inclusión de los datos estadísticos con los indicadores de Género para los programas que realiza la Caja de Seguro Social, a través de la participación en el Sistema de Indicadores con Enfoque de Género en Panamá y su inclusión en el SIEC(Sistema de Indicadores Estadístico de la Contraloría del Estado.
  • Reorganización de la Red Institucional para incorporar el Enfoque de Género y Violencia de Género en la Caja de Seguro Social.
  • Planes de Capacitación para sensibilizar sobre el Enfoque de Género , Violencia y Femicidios, a través de la participación en las reuniones con la Defensoría del Pueblo, INAMU, otros.

 

 

 

 

 


 

 

A.    TIPOS DE DISCAPACIDAD

 

 

 

 

1.     Discapacidad sensorial (Visual): La discapacidad visual está relacionada con una deficiencia del sistema de la visión que afecta la agudeza visual, campo visual, motilidad ocular, visión de los colores o profundidad, afectando la capacidad de una persona para ver, la misma puede ser total o parcial.

 

 

 

 

 

 

 

2.     Discapacidad sensorial (Auditiva): Es la pérdida auditiva en mayor o menor grado, puede presentarse desde la sordera profunda a la leve o moderada (hipoacusia).

 

 

 

 

 

 

 

3.     Discapacidad física: La discapacidad física se puede definir como la resultante de una deficiencia física, que posee la persona que al interactuar con el entorno, se ve limitado su desempeño motor. Se consideran las situaciones donde la persona tiene alguna alteración de sus extremidades, la falta de alguna, o el uso de implementos (prótesis, andaderas, bastones, otros) que le permiten su desempeño funcional.

Al momento de certificar esta condición en la persona, se toma en cuenta la valoración de las funciones de las estructuras corporales, actividad y participación, factores contextuales, que incluyen los personales y ambientales.

 

 

 

 

 

 

4.     Discapacidad mental psicosocial: Nuestra legislación a través del Código de Familia, en el Capítulo II, TÍTULO III del libro Tercero, Artículos 704 al 710, hace reconocimiento a la atención hacia la salud física y mental.

Necesitamos reconocer que esta condición está marcada por un proceso que cuenta con componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social, vinculada al fortalecimiento de los derechos humanos y sociales de toda persona.

La Discapacidad Psicosocial, se define como término global que hace referencia a las deficiencias en los procesos cognitivos, afectivos y/o del comportamiento en las estructuras del sistema nervioso y en las limitaciones que presente el individuo al realizar una tarea o acción en un contexto/entorno normalizado, tomando como parámetro su capacidad o habilidad real sin que sea aumentada por la tecnología o dispositivo de ayuda o de terceras personas.

 

 

 

 

 

 

5.     Discapacidad intelectual: Según la Asociación Americana de Discapacidades Intelectuales y del Desarrollo por sus siglas en inglés AAIDD (American Association on Intellectual and Developmental Disabilities): “Es una discapacidad caracterizada por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa que se manifiesta en habilidades conceptuales, adaptativas, sociales, y prácticas”. Es decir, implica una limitación en las habilidades que la persona aprende para funcionar en su vida diaria y que le permiten responder en distintas situaciones y en lugares (contextos) diferentes.

Esta discapacidad se manifiesta cuando una persona con limitaciones significativas interactúa con su entorno. Entonces, depende tanto de la propia persona como de las barreras u obstáculos que se presentan, según sea el entorno, la discapacidad se manifestará de manera diferente. A las personas con esta discapacidad, se les dificultará, en mayor grado que a los demás, aprender, comprender y comunicarse.

La discapacidad intelectual, generalmente es una condición permanente, es decir, para toda la vida, con un impacto importante en la vida de la persona y de su familia. Además, la deficiencia intelectual, se origina antes de los 18 años y, es un término con un enfoque más humano y menos peyorativo que reemplaza al de retardo mental y, constituye una parte integrante de la diversidad humana.

 

 

 

 

 

 

6.     Discapacidad visceral: Referente a deficiencias en las funciones y estructuras corporales de los sistemas: cardiovasculares, hematológico, inmunológico, respiratorio, digestivo, metabólico, endocrino y genitourinario que limitan la realización de tareas o acciones en un contexto normalizado.

 

 

B.      CONDICIONES POR DISCAPACIDAD:

1.     Discapacidad física o movilidad reducida: Hace referencia a las situaciones en la que la persona utiliza sillas de ruedas, presenta amputaciones o el uso de aparatos para movilización (andaderas, bastones, prótesis y otros).

2.     Discapacidad sensorial:

•Visual (Ceguera total-parcial-baja visión).

•Auditiva (Hipoacusia profunda-pérdida parcial).

3.     Discapacidad psíquica o mental: (Bipolaridad, Esquizofrenia, Trastorno de la Personalidad).

4.     Discapacidad intelectual: Se presentan Trastornos cognitivos, (Autismo, Síndrome de Down, compromisos cognitivos leves / profundos).

5.     Discapacidad visceral: Órganos Internos (corazón, hígado, riñones, pulmones).

6.     Discapacidades múltiples: Cuando existe más de una condición de discapacidad en la persona.